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Los
parlamentarios Masi y Soler ya tienen el borrador de la derogación y
en su Artículo 1º señala: Derógase la Ley 3850/09 "Que crea
el sistema nacional de inspección técnica vehicular y establece la
obligatoriedad de la realización de la inspección técnica como
requisito previo para la obtención o renovación de la patente
municipal de rodados en todo el territorio nacional".
Los
mismos diputados mencionan que la Ley atenta contra los artículos de
la Constitución Nacional 166 y 168 incisos 1, 5 y 8. Asimismo indica
que el artículo 166 de la Constitución Nacional de la Autonomía
Municipal establece que: "Las Municipalidades son los órganos
de gobierno local con personería jurídica que, dentro de su
competencia, tienen autonomía política, administrativa y normativa,
así como autarquía en la recaudación e inversión de sus
recursos”.
El
artículo 168 de las Atribuciones establece: "Serán
atribuciones de las municipalidades, en su jurisdicción territorial
y con arreglo a la ley:
1)
La libre gestión en materia de su competencia, particularmente en
las de urbanismo, ambiente, abasto, educación, cultura, deporte y
turismo, asistencia sanitaria y social, instituciones de crédito,
cuerpos de inspección y de policía;
5) La regulación del monto de las tasas retributivas de servicios
efectivamente prestados, no pudiendo sobrepasar el costo de los
mismos;
8) La reglamentación y la fiscalización del tránsito, del transporte
público y la de otras materias relativas a la circulación de vehículos."
Sigue diciendo que “con la derogación de la mencionada Ley, el Congreso
Nacional estaría cumplimiento con el rol genuino de representante del pueblo y custodio de los derechos y bienes del Estado Paraguayo”.
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Uno de los locales de inspección de vehículos (de Lembaré),
que
seguirá operado mientras se dilata el tratamiento de la Ley 3850/09.
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La legislación de inspección técnica vehicular está
a punto de ser
derogada o declarada inconstitucional.
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