Registro Nacional de Licencias de Conducir
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www.antsv.gov.py | www.opaci.org.py |
Información General |
¿ QUE ENTENDEMOS POR LICENCIA DE CONDUCIR ? |
Es el “Documento público de carácter personal e intransferible, expedido por la autoridad competente, el cual autoriza para la conducción de vehículos” (Art. 21 numeral 38, Ley nacional de transito y seguridad vial) |
La expedición de este Documento Público, debe ser posterior al cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley : |
- Saber leer y escribir |
- Aprobar los exámenes (médicos, teóricos y prácticos) |
- Control de la peligrosidad al volante, a través de la consulta previa al RNLCAT, acerca del solicitante. |
“…El otorgamiento de licencias de conducir en infracción a las normas de esta Ley y su reglamentación, hará pasible al funcionario que las emita, de las responsabilidades administrativas penales y civiles emergentes del hecho…” (Art. 24 Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial) |
Modelo Unificado - Diseño |
• | Facilita el control a nivel nacional e internacional. Actualmente Existe una gran variedad de modelos de licencia, en términos de formato y medidas de seguridad. |
• | Unifica el modelo y las medidas de seguridad de las licencias. La falsificación de las licencias en la actualidad es muy sencilla dado que cuentan con escasas o nulas medidas de seguridad. |
• | Responde a los estándares de seguridad técnicos y de diseño establecidos por la Agencia Nacional de Tránsito y seguridad Vial. |
• | Unifica los criterios de evaluaciones de aptitudes, conocimientos y capacitación para emitir la licencia de conducir. |
• | Unifica la base de datos del Registro Nacional de Licencias de Conducir y Antecedentes de Tránsito, que permitirá en corto plazo la implementación el sistema por puntos y la efectiva sanción a los infractores. |
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Vigencia del Nuevo Modelo |
¿ A PARTIR DE CUANDO SE EMITIRÁN EN EL NUEVO MODELO ? |
El cambio de la Licencia se dará de manera paulatina, cuando sea emitida por primera vez, o cuando ocurra la expiración o renovación de las Licencias ya emitidas. Asimismo, toda nueva solicitud de Licencia por cuestiones de deterioro, extravío, robo o hurto de la misma, y que se solicite a partir de la entrada en vigencia del Modelo Unificado de Emisión de Licencia, implicará la emisión en el nuevo modelo de Licencia. |
Ninguna Licencia en circulación PIERDE su actual VALIDEZ. |
Medidas de Seguridad |
1. Tamaño 85,5 mm x 54.0 mm. |
2. Fondo Numismático Fondos con líneas paralelas y continuas que al deformarse dan la sensación de volumen o tridimensionalidad en una figura determinada. |
3. Guilloches Textura que comprende una serie de líneas intrincadas y encadenadas que repiten un patrón ondulado predeterminado y/o forma de red continua, mostrando cambios de color y movimientos en el holograma. |
4. Efecto De Animación/Movimiento Cinético Imágenes con diseño de ondas complejas, líneas o figuras geométricas que cambian de color y forma dependiendo del ángulo que se miren. |
5. Patrón de Cristales Fondos geométricos que generan diseños complejos a partir de estructuras similares a los cristales de nieve. |
6. Etiqueta Holográfica Para identificar el pago anual por revalidación, ultradestructiva Hard Fised “PEGADO FUERTE” generación holográfica 2D y 3D, con microtextos y/o micro-imágenes visibles. |
7. Numeración Variable y Lote Cada licencia tendrá un número único y un número de lote correspondiente, esto va registrado en el sistema central. |
8. Tinta Invisible Tintas cromáticas absorbentes de rayos de luz de ondas larga UV, visibles bajo lámparas de luz negra. |
9. Línea variable líneas continúas que varían su grosor en una misma trayectoria. |
10. Microtexto Líneas de texto de tamaño mínimo e imperceptible a la vista, visibles únicamente mediante el uso de un dispositivo de aumento. |
11. Nanotexto Texto que esta en el rango de 175 a 40 micrones de altura y que puede ser leído con la ayuda de un microscopio. |
12. L) Código de Seguridad pre-impreso con el número de lote y números variables por cada licencia, lo cual va cargado al sistema. |
13. Código de barra información off line y enlace on line para acceder a la base de datos de la Licencia Nacional de Conducir y Antecedentes de Tránsito. |
14. Lamina Holográfica 3-D, método de producción de una imagen tridimensional, grabado sobre película autoadhesiva. |
Con ese objeto se apunta a: |
• Unificar el formato y las medidas de seguridad de las licencias. |
• Unificar la base de datos del Registro Nacional de Licencias de Conducir y Antecedentes de Tránsito. |
• Y en corto plazo permitirá implementar el Sistema Nacional de Puntaje (Scoring). |
Requisitos |
La autoridad municipal, antes de emitir una licencia de conducir, debe requerir del solicitante: |
1. Saber leer y escribir en el idioma español y/o guaraní. Exceptuándose en los casos de categoría de licencia "Extranjero". |
2. Una declaración jurada sobre el padecimiento de afecciones y/o adicciones que tuviere. |
3. Un examen médico psicofísico que comprenderá una constancia de aptitud física, visual, auditiva y psíquica para conducir un automotor. |
4. Un examen teórico de conocimientos sobre conducción, señalización, legislación, accidentes y modo de prevenirlos. |
5. Un examen teórico práctico sobre conocimientos simples de mecánica y detección de fallas sobre elementos de seguridad del vehículo. Funciones del equipamiento e instrumental. |
6. Un examen práctico de idoneidad conductiva. |
7. Certificado de conocimientos básicos de primeros auxilios. |
8. Comprobante de tipificación sanguínea, expedido por el Ministerio de Salud Pública Bienestar Social o laboratorio habilitado. |
9. Las personas que padezcan daltonismo, tengan visión monocular o limitación auditiva y aquellas con discapacidades en las extremidades u otras partes del cuerpo, pero que puedan conducir con las prótesis pertinentes o en vehículos especiales adaptados a su discapacidad, podrán obtener la licencia habilitante específica, siempre que satisfagan los demás requisitos. |
10. Antes de otorgar una licencia, se debe requerir al Registro Nacional de Licencias de Conducir y Antecedentes de Tránsito, los informes correspondientes acerca del solicitante. |
11. La reglamentación podrá establecer impedimentos a la expedición de licencias de conducir cuando de los antecedentes del solicitante se pueda inferir su peligrosidad al volante como consecuencia de la acumulación de infracciones cometidas en el tránsito vehicular. |
Características |
Todo conductor será titular de una licencia para conducir ajustada a las siguientes características: |
1. Las licencias otorgadas por las municipalidades, habilitarán a conducir en todas las calles y red vial de la República. |
2. La licencia deberá extenderse conforme a un modelo unificado que responderá a estándares de seguridad, técnicos y de diseño, aprobados por la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial. |
3. Las licencias podrán otorgarse por una validez de hasta 5 (cinco) años, debiendo en cada renovación aprobar el examen psicofísico y, de registrar antecedentes por infracciones, prescriptas o no, revalidar los exámenes teórico-prácticos. |
4. Las solicitudes de licencias no podrán hacerse por interpósitas personas, ni emitirse en ausencia del titular. |
5. La emisión de la Licencia de Conducir y sus renovaciones se realizarán asignando a cada uno de sus titulares una cantidad fija y uniforme de puntos, a través de un sistema, cuyas condiciones y características se determinarán en la reglamentación. |
6. Todo titular de una licencia deberá acatar los controles y órdenes que imparta la autoridad de tránsito en el ejercicio de sus funciones. |
Clases y Edad |
Marco Legal |