Fecha de Entrada en Vigencia del Convenio
12 de Setiembre de 2023
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Convenio entre la República del Paraguay y la República de Chile sobre Reconocimiento Recíproco y Canje de Licencias de Conducir |
Consultas e Informes Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - (+595 21) 729 0333
Marco Legal |
En la República del Paraguay
Qué establece el Acuerdo
- En la República del Paraguay: La Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial.
- En la República de Chile: El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través de la Secretaría de Transportes.
Ley Nº 7111/2023 - Que Aprueba el Convenio entre la República del Paraguay y la República de Chile sobre Reconocimiento Recíproco y Canje de Licencias de Conducir.
Qué establece el Acuerdo
La República del Paraguay y la República de Chile, en adelante denominadas "las Partes"; con el objetivo de facilitar el tránsito vial en sus respectivos territorios; Acuerdan lo siguiente: Cada una de las Partes reconocerá recíprocamente, para los fines de canje, las licencias de conducir vigentes que hayan sido emitidas por la otra Parte, según su normativa interna, a favor de los nacionales de esa otra Parte que tengan residencia en su territorio, sin tener que realizar las pruebas teóricas y prácticas exigidas para su obtención. Esto, de conformidad con las tablas que se encuentran anexas al presente Convenio, siempre que dicha licencia haya sido expedida antes de la obtención de la condición de residente.
Autoridades Competentes para el Canje- En la República del Paraguay: La Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial.
- En la República de Chile: El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través de la Secretaría de Transportes.
Ley Nº 7111 |
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Ley Nº 7111
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Protocolo de actuación
Los titulares.
Requisitos para acceder al
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Requisitos para acceder al
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